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Tu calendario tributario, con recordatorios.

Responde unas pocas preguntas y te mostramos solo los vencimientos que te corresponden, con la fecha ya corrida cuando cae en fin de semana o feriado. Después los agregas a tu calendario y te avisa solo.

Tu caso

Puedes cambiar las respuestas cuando quieras: el calendario se actualiza al instante.

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Te mostramos solo lo que te corresponde.

Los próximos 12 meses

Elige cómo trabajas para armar tu calendario.

Agregar a mi calendario guarda las fechas en tu propio Google Calendar, Outlook o iPhone. Descargar en PDF te deja una hoja para imprimir o guardar. No te pedimos ningún dato: todo se arma en tu computador o celular. Las fechas del calendario funcionan con Google Calendar, Outlook y el calendario del iPhone. Cada vencimiento trae dos recordatorios: tres días antes y el día anterior, a las 9:00.

Las fechas marcadas como estimada se calculan con el calendario del año anterior: el SII publica el oficial de la Operación Renta entre diciembre y enero.

¿Prefieres no tener que acordarte de ninguna fecha?

En todos nuestros planes te avisamos antes de cada vencimiento, y declaramos por ti.

¿Cuándo vence el F29?

El Formulario 29, donde se declaran el IVA, los PPM y las retenciones, vence el día 12 del mes siguiente. Si declaras y pagas por internet y eres facturador electrónico o emisor de boletas de honorarios electrónicas, que es lo habitual hoy, tienes hasta el día 20. Cuando esa fecha cae en sábado, domingo o feriado, el plazo se corre al día hábil siguiente.

¿Cuándo se pagan las cotizaciones en Previred?

Las cotizaciones de las remuneraciones de un mes se pagan dentro de los 10 primeros días del mes siguiente, o hasta el día 13 si declaras y pagas por internet. Ojo: el día 13 no se corre aunque caiga en fin de semana o feriado; en ese caso conviene pagar antes.

¿Y la Operación Renta?

La Declaración Anual de Renta (Formulario 22) se presenta en abril. Si te corresponde pagar, el plazo es el 30 de abril. Antes, en marzo, vencen las declaraciones juradas: la de arriendos de bienes raíces (DJ 1835), la de sueldos (DJ 1887), la de retenciones de honorarios (DJ 1879) y la de retiros y dividendos de los socios (DJ 1948). Con ellas el SII arma la propuesta de tu F22.

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